28 ene 2025

La entrega fue hace dos años Polémica resolución sobre tierras cedidas a una comunidad qom en Makallé

El Inai pidió rever el permiso de ocupación de terrenos que la exministra Crespo reclama como propios. El Idach señala que la justicia ya reconoció el "derecho ancestral". 27 de Enero, 2025 El Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI) decidió reconsiderar un permiso de ocupación que tiene una comunidad qom en terrenos de Makallé, pero desde el Idach señalan que el Poder Judicial chaqueño ya se expidió sobre el asunto y la resolución de un órgano administrativo no puede estar por encima de la Justicia.
La decisión fue oficializada tras la publicación de la resolución 5/2025 en el Boletín Oficial. Así, el gobierno dejó sin efecto un acto administrativo previo que reconocía la ocupación actual, tradicional y pública de tierras por parte de la Asociación Civil Comunidad Indígena "Añi Alba de Colonia 54 Nagui Aiem". A partir de una serie de planteos y documentos presentados por la exministra de Salud del gobierno de Domingo Peppo, Mariel Crespo, que sostiene ser copropietaria de una porción del inmueble en cuestión, se analizaron algunas irregularidades en el proceso administrativo previo. El permiso de ocupación se otorgó mediante la resolución INAI 144/2023, publicada el 29 de noviembre de 2023. Esto despertó el planteo de la nulidad por parte de Crespo y su hermano, un juez formoseño, quien argumentó su reclamo al alegar que se violaba su derecho al debido proceso, a la defensa y a un plazo razonable.
En su resolución, el INAI dice "que el relevamiento inicial omitió circunstancias objetivas y significativos, que incluyen antecedentes jurisprudenciales y títulos que acreditan derechos de propiedad. Esta falta llevó al organismo a considerar que parte del terreno, propiedad de Crespo, fue indebidamente incluido dentro del área reconocida como de ocupación indígena". SENTENCIA FIRME La resolución tiene un planteo de revocatoria que nunca fue notificado a la comunidad y que se dicta en enero para que nadie lo cuestione", expresan desde el Idach. Según el Instituto del Aborigen Chaqueño, "la comunidad desde el año 2007 tiene un fallo favorable por la posesión ancestral de dicho predio contra su anterior poseedor, mientras que el año pasado la Cámara de Apelaciones Sala IV dictó dos fallos que reconocen la posesión ancestral de la comunidad en donde se encuentra acreditado que hubo actos materiales de violencia intentando la desposesión". "En este caso, la familia Crespo aparte de tratar de negar la existencia de la comunidad como tal trataron de victimizarse, así denunciaron a los funcionarios y a los abogados de la comunidad, a la Fiscal de Cámara, al Juez Salgado e intentaron acciones en la Justicia Federal", expresaron. En la sentencia, los jueces Fernando Heñin y Diego Derewicki indicaron que "cuando nos referimos a la propiedad comunitaria, estamos ante la regulación de un derecho constitucional otorgado a las comunidades indígenas que es inalienable, propio, que les pertenece y preexiste por ser descendientes de los primeros pobladores que habitaron la República, pero a diferencia del derecho real de dominio que es absoluto, conservando el titular la mayor cantidad de facultades, la propiedad indígena no es enajenable, ni transmisible, ni susceptible de gravámenes ni embargos". https://www.diarionorte.com/290431-polemica-resolucion-sobre-tierras-cedidas-a-una-comunidad-qom-en-makalle

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