14 sept 2018
A los jueces les cuesta entender lo comunitario de la propiedad indígena
Abogada, integra la Comisión de Juristas Indígenas en la República Argentina y el Consejo Directivo de la Asociación de Abogados de Derecho Indígena (Aadi), Comisión de Pueblos. Originarios de la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos (Apdh). Se formó al lado de Eulogio Frites, un abogado jujeño que fue pionero del Movimiento Indígena a nivel internacional.
MARIANA MAMANI
-¿Su visita es para homenajear al Dr. Frites?
-Me formé al lado del Dr. Eulogio Frites, un personaje histórico del movimiento indígena no sólo del país sino del Movimiento Internacional Indígena. Porque en la década del 70, crearon el Consejo Mundial de Pueblos Indígenas en Canadá en el año 75. El Dr. Frites decía sentamos las bases y decidimos llamarnos a nosotros mismos "Pueblos indígenas". Decidimos levantar las banderas de la indigencia en la que nos dejaron, adosando a nuestro pueblo indígena coya, así los pueblos del mundo. Sentaron las bases de los derechos que ellos querían reivindicar. Eso se plasmó con los años en un tratado que es el Convenio de la OIT 169, la declaración de Naciones Unidas para la cual el doctor fue trabajando, enviando delegados para formar ese grupo de trabajo de Naciones Unidas más de 20 años. En el 2007 se aprobó la declaración, y hoy por todo el mundo han adherido a la declaración de Naciones Unidas. Se aprobó el 13 de septiembre de 2007, fecha que coincide con el cumpleaños del Dr. Frites.
-No es reconocido su compromiso con los derechos indígenas...
-Los jujeños no sabemos el valor de este hombre, primer abogado indígena de Latinoamérica. Uno de los primeros del mundo y pionero en la Organización Internacional. Pese a los problemas de los incumplimientos de derechos, antes no existía nada de este marco. Cuando ellos empezaron a trabajar en Argentina teníamos el trato pacífico con los indios y su conversión al catolicismo.
-El reconocimiento a los pueblos preexistentes fue un gran avance en derechos indígenas...
-Claro, se modificó en 1994, del trato pacífico con los indios pasó al reconocimiento de la preexistencia étnica y cultural de los pueblos indígenas argentinos. El derecho a su identidad, a su educación intercultural bilingüe, a la posesión y propiedad comunitaria de sus tierras, a la gestión de sus recursos naturales. Son los dos puntos más álgidos de esos reconocimientos. También el derecho a su personería jurídica. Pero sin lugar a duda el tema de tierras, territorios y gestión de sus recursos naturales, es donde hay más ambición de los poderes sobre las riquezas que hay allí. El doctor tenía su origen coya presente todo el tiempo, un manejo académico formado en la UBA. Eulogio nunca se sintió discriminado, como era muy respetuoso era muy respetado. Tenía una gran capacidad para abrir puertas. Desde Perón en adelante, sabía plantear con firmeza lo que quería decir. Tenía frases contundentes. En una entrevista, dijo: "Por qué no me das lo mejor que tenés y yo te doy lo mejor que tengo y caminamos juntos". Ese es el sentido de la interculturalidad. Es mucho más que reconocer las diferencias, el llamado crisol de razas. Sino sentir que esas culturas diferentes también nos pueden enseñar, aportar; no el predominio de una sobre otra.
-Los derechos ambientales y derechos indígenas a veces se confunden o los jueces no los diferencian...
-Sí, porque les cuesta entender lo comunitario, lo colectivo. Los abogados estamos formados sobre la base del derecho decimonónico del siglo XVIII, individualista. A esta altura lo tienen que saber porque está en la Constitución, el reconocimiento de la propiedad indígena. Entonces por eso se criminaliza a los dirigentes que defienden su territorio. Algunos están realmente en situaciones complicadas, porque se los persigue por delitos comunes.
Hay casos de comunidades indígenas donde se los trata de "usurpadores" del territorio.
-Hemos reconocido en la Constitución, falta que se aplique.
-La Constitución es operativa decía Frites coincidiendo con un gran catedrático como el Dr. Vidal Campos. Sin embargo, estamos trabajando un proyecto de propiedad comunitaria indígena que es necesaria a nivel nacional. Desde el Senado se está impulsando un proyecto. También una deuda pendiente es una ley de consulta previa, también es ley en Argentina a través de la 24.071 que incorporó el Convenio 169 OIT, que en su artículo 6º dice el derecho a ser consultado por toda medida que se vaya a tomar en un territorio.
-Las instalaciones de emprendimientos en territorios indígenas reflejan que cuesta que se cumpla con ese derecho...
-El estándar mínimo está en el articulo 6º que dice a través de quiénes se debe hacer la consulta. Debe ser el Estado respetando sus procedimientos adecuados, mecanismos apropiados y mediante sus instituciones representativas, pero conocemos muchas formas de cooptar la voluntad y simular una consulta. Se hace pasar por audiencia pública una consulta, y hay diferencia. A una audiencia pública puede ir toda la sociedad, en la consulta debe ir el Estado con la comunidad y tiene que haber un diálogo de buena fe.
-¿Qué lectura tiene sobre el argumento del Estado "las comunidades se oponen al progreso"?
-El artículo 75, inciso 17 termina diciendo que ellos tiene la gestión de sus recursos naturales. Entonces parece que piden un favor, cuando está reconocido constitucionalmente . Tenemos un derecho que desde la incorporación de los tratados de Derechos Humanos todo debe ser interpretado a través de los mismos. Los jueces no pueden dejar de pensar la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Cidh) que le da privilegio y le explica cómo es su relación espiritual con la tierra. Explica el derecho de la propiedad sobre los territorios, se tiene que aplicar.
-¿Por qué algunos jueces descalifican o no reconocen a los organismos internacionales?
-Se mira como si fuera un órgano externo que no tiene que tener injerencia. Cuando Argentina en ejercicio de soberanía se sometió a la jurisdicción de la Corte Interamericana, debemos acatar la sentencia, sino estamos en una contradicción permanente. La sentencia de la Corte crea doctrina y la Corte Suprema debería aplicarla en los casos similares.
Eulogio Frites, primer abogado indígena en la Argentina
Un homenaje a Eulogio Frites, primer abogado indígena en la Argentina, se hizo en Jujuy. El jurista indígena llevaba sobre su espalda viejas luchas, desde su infancia de pastorcito en la Puna: las luchas del movimiento indígena.
La Asamblea de Comunidades Indígenas Libres de Jujuy realizará hoy a las 11.30, en la sede de Adiunju (Independencia 188), una conferencia de prensa para dar a conocer el programa del homenaje a Frites.
Los actos centrales se realizarán mañana, en su pueblo natal, la localidad de Varas, al este de Humahuaca. Participarán las Comunidades Indígenas de Jujuy, así como la abogada Sandra Ceballos, representante de la Comisión de Juristas Indígenas de la República Argentina (Cjira), entidad que fue fundada por Frites. La Cjira es una organización de alcance nacional, conformada por abogados de distintos pueblos indígenas, que se dedican a la defensa y desarrollo de las comunidades, y a través de sus miembros asisten judicialmente a aquellos que lo requieren, como así también a la capacitación técnica de los profesionales.
https://www.eltribuno.com/jujuy/nota/2018-9-12-0-0-0-a-los-jueces-les-cuesta-entender-lo-comunitario-de-la-propiedad-indigena
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